Si usted muere sin testamento en Florida, sus bienes pasarán a sus parientes más cercanos bajo las leyes estatales de «sucesión intestada». Aquí hay algunos detalles sobre cómo funciona la sucesión intestada en Florida.
Qué bienes pasan por sucesión intestada
Sólo los bienes que habrían pasado a través de su testamento se ven afectados por las leyes de sucesión intestada. Por lo general, eso incluye sólo los activos que usted posee solo, en su propio nombre.
Muchos activos valiosos no pasan por su testamento y no se ven afectados por las leyes de sucesión intestada. Aquí hay algunos ejemplos:
- propiedad que ha transferido a un fideicomiso en vida
- beneficios de seguros de vida
- fondos en una IRA, 401(k), u otra cuenta de jubilación
- valores mantenidos en una cuenta de transferencia por fallecimiento
- cuentas bancarias pagables por fallecimiento, o
- propiedad que posee con otra persona en tenencia conjunta o tenencia por la totalidad.
- hijos pero sin cónyuge
- los hijos lo heredan todo
- Cónyuge pero sin descendencia
- Cónyuge hereda todo
- el cónyuge y los descendientes suyos y de ese cónyuge, y el cónyuge no tiene otra descendencia
- el cónyuge lo hereda todo
- cónyuge y descendientes tuyos y de ese cónyuge, y el cónyuge tiene descendientes de otra relación
- el cónyuge hereda la mitad de sus bienes intestados
- sus descendientes heredan la mitad de sus bienes
- cónyuge y descendientes suyos y de otra persona que no sea su cónyuge
- el cónyuge hereda la 1/2 de sus bienes intestados
- sus descendientes heredan la 1/2 de sus bienes intestados
- padres pero sin cónyuge ni descendientes
- los padres lo heredan todo
- hermanos pero sin cónyuge, descendientes, o padres
- los hermanos heredan todo
- Hijos adoptados. Los niños que usted adoptó legalmente recibirán una parte intestada, al igual que sus hijos biológicos. Fla. Stat. Ann. § 732.108.
- Hijos de acogida e hijastros. Los hijos de crianza y los hijastros que usted nunca adoptó legalmente no recibirán automáticamente una parte.
- Hijos dados en adopción. Los hijos dados en adopción y que hayan sido adoptados legalmente por otra familia no recibirán una parte. Sin embargo, si sus hijos biológicos fueron adoptados por su cónyuge, eso no afectará su herencia intestada. Fla. Stat. Ann. § 732.108.
- Hijos póstumos. Los hijos concebidos por usted pero no nacidos antes de su muerte recibirán una parte. Fla. Stat. Ann. § 732.106.
- Hijos nacidos fuera del matrimonio. Si usted no estaba casado con la madre de sus hijos cuando ella los dio a luz, ellos recibirán una parte de su patrimonio si (1) usted participó en una ceremonia matrimonial que resultó ser nula, (2) un tribunal establece su paternidad antes o después de su muerte, o (3) usted reconoce su paternidad por escrito. Fla. Stat. Ann. § 732.108.
- Nietos. Un nieto recibirá una parte sólo si el padre de ese nieto (su hijo o hija) no está vivo para recibir su parte.
- Medio parientes. Los «medios» parientes heredan como si fueran «enteros». Es decir, su hermana con la que comparte padre, pero no madre, tiene el mismo derecho a sus bienes que si tuvieran ambos padres en común. Fla. Stat. Ann. § 732.105.
- Parientes póstumos. Los parientes concebidos antes -pero nacidos después- de que usted muera heredan como si hubieran nacido mientras usted estaba vivo. Fla. Stat. Ann. § 732.106.
- Estado de inmigración. Los familiares con derecho a una parte intestada de sus bienes heredarán sean o no ciudadanos o estén legalmente en los Estados Unidos. Fla. Stat. Ann. § 732.1101.
Estos bienes pasarán al copropietario superviviente o al beneficiario que usted haya nombrado, tenga o no testamento.
Para saber más sobre este tipo de bienes, vaya a la sección Cómo evitar la sucesión de Nolo.com o lea sobre Cómo evitar la sucesión testamentaria en Florida.
¿Quién se queda con qué en Florida?
En virtud de la sucesión intestada, quién se queda con qué depende de si tiene o no hijos vivos, padres u otros parientes cercanos cuando usted muere. He aquí un rápido resumen:
Si usted muere con: |
Esto es lo que ocurre: |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
La parte del cónyuge en Florida
En Florida, si usted está casado y muere sin testamento, lo que le corresponde a su cónyuge depende de si tiene o no descendientes vivos: hijos, nietos o bisnietos. Si no los tiene, su cónyuge hereda todos sus bienes intestados. Si los tiene, ellos y su cónyuge se repartirán sus bienes intestados de la siguiente manera:
Si usted muere con hijos u otros descendientes suyos y del cónyuge superviviente, y su cónyuge superviviente no tiene descendientes de relaciones anteriores. Su cónyuge superviviente hereda todo.
Si usted muere con hijos u otros descendientes suyos y del cónyuge superviviente, y su cónyuge superviviente tiene descendientes de relaciones anteriores. Su cónyuge superviviente hereda la mitad de sus bienes intestados y sus descendientes heredan la otra mitad.
Ejemplo: Bill está casado con Karen, y tienen dos hijos mayores. Karen también tiene un hijo de un matrimonio anterior. Bill y Karen son propietarios de una gran cuenta bancaria en régimen de copropiedad, y Bill suscribió una póliza de seguro de vida nombrando a Karen como beneficiaria. Cuando Bill fallece, Karen recibe el producto de la póliza de seguro de vida y hereda la cuenta bancaria en su totalidad. Bill también posee otros bienes por valor de 200.000 dólares que habrían pasado por testamento, por lo que Karen hereda 100.000 dólares de esos bienes. Los 100.000 dólares restantes van a parar a los dos hijos de Bill y Karen.
Si usted muere con descendientes que no son los de su cónyuge superviviente. Su cónyuge hereda la mitad de sus bienes intestados y sus descendientes heredan la otra mitad.
Ejemplo: Barrett está casado con Jed y además tiene una hija de 12 años de un matrimonio anterior. Barrett posee una casa en régimen de copropiedad con Jed, además de 200.000 dólares en bienes adicionales e independientes que habrían pasado en virtud de un testamento si Barrett hubiera hecho uno. Cuando Barrett fallece, Jed hereda la casa en su totalidad y 100.000 dólares de los bienes de Barrett. La hija de Barrett hereda los 100.000 dólares restantes de los bienes de Barrett.
Partes de los hijos en Florida
Si usted muere sin testamento en Florida, sus hijos recibirán una «parte intestada» de sus bienes. El tamaño de la parte de cada hijo depende de cuántos hijos tenga, si está casado o no, y si usted o su cónyuge tenían hijos de una relación anterior. (Véase la tabla anterior.)
Para que los hijos hereden de usted según las leyes de sucesión, Florida debe considerarlos sus hijos, legalmente. Para muchas familias, esto no es una cuestión confusa. Pero no siempre está claro. Aquí hay algunas cosas a tener en cuenta.
Si quiere leer la ley, el Código de Florida § § 732.106 y 732.108 cubren las relaciones entre padres e hijos.
Esta puede ser un área complicada de la ley, por lo que si tiene preguntas sobre su relación con su padre o hijo, obtenga ayuda de un abogado con experiencia.
¿El Estado se quedará con sus bienes?
Si usted muere sin un testamento y no tiene familia, sus bienes «pasarán» a las arcas del Estado. Sin embargo, esto ocurre muy raramente porque las leyes están diseñadas para que sus bienes lleguen a cualquier persona que esté remotamente relacionada con usted. Por ejemplo, tus bienes no pasarán al estado si dejas cónyuge, hijos, hermanos, padres, abuelos, tíos, tías abuelas, sobrinos, primos de cualquier grado o los hijos, padres o hermanos de un cónyuge que muera antes que tú.
Otras reglas de sucesión intestada de Florida
Aquí hay otras cosas que hay que saber sobre las leyes de sucesión intestada de Florida.
Aprenda más
Para aprender más sobre la sucesión intestada, lea Cómo se resuelve un patrimonio si no hay testamento.
Puede encontrar la ley de sucesión intestada de Florida aquí: Florida Statutes § § 732.101 to 732.111 .
Para más información sobre la planificación de la sucesión, vaya a la sección de Testamentos, Fideicomisos & Probate de Nolo.com. Para más información sobre el proceso de sucesión y las responsabilidades del albacea, vea el libro de Nolo, The Executor’s Guide: Settlement a Loved One’s Estate or Trust.
¿Necesita un abogado? Busque un abogado con experiencia en planificación patrimonial con el Directorio de Abogados de Nolo.