NOTIFICACIÓN
Nuestro departamento está emitiendo Licencias de Matrimonio con cita previa en este momento si usted necesita cualquier asistencia, por favor llame al 575-647-7421 para una cita.
Requisitos para la licencia de matrimonio
- Por favor, lea las instrucciones para presentar una solicitud de matrimonio en línea aquí (PDF – 880kb). Luego haga clic aquí para enviar la solicitud de matrimonio en línea (Puede iniciar sesión como invitado).
- Formulario de información de solicitud de matrimonio imprimible (PDF – 14KB) Puede imprimir este formulario, llenarlo y llevarlo a la oficina del secretario junto con la cuota de licencia de $25.00 y los documentos de identidad.
PARA TODOS LOS SOLICITANTES:
Se requiere lo siguiente en el momento en que una pareja solicita una licencia de matrimonio:
- Formulario de información de solicitud de matrimonio completado. El formulario está disponible en la web o en la Oficina del Secretario del Condado.
- Veinticinco dólares ($25.00) en efectivo, cheque, tarjeta de crédito o giro postal, pagaderos en el momento de la solicitud.
- Se requiere prueba de edad e identidad. La prueba de edad e identidad se satisface normalmente con un documento de identidad con fotografía emitido por el gobierno.
- Un original o copia certificada de su acta de nacimiento.
- El consentimiento por escrito de cada uno de los padres vivos que figuren en la partida de nacimiento.
- Identificación con foto emitida por el gobierno.
Ambos solicitantes deben presentarse en persona. Si un solicitante no puede comparecer en persona, la autorización para expedir la licencia de matrimonio debe ser proporcionada por un juez de distrito.
Las licencias de matrimonio deben adquirirse en cualquier momento antes de la ceremonia. La licencia es válida para una ceremonia que tenga lugar en cualquier lugar del Estado de Nuevo México. La licencia firmada debe ser devuelta a la Oficina del Secretario del Condado dentro de los noventa (90) días siguientes a la ceremonia.
PARA LOS SOLICITANTES QUE TIENEN 16 O 17 AÑOS DE EDAD:
Además de lo anterior, debe tener:
El consentimiento por escrito puede proporcionarse en persona en la Secretaría o mediante una declaración notarial. Si uno de los padres ha fallecido, se requiere una copia certificada del certificado de defunción. Si uno de los padres no ha fallecido y no puede o no quiere dar su consentimiento por escrito, la autorización para expedir la licencia de matrimonio debe ser proporcionada por un juez de distrito.
PARA LOS SOLICITANTES DE 18 a 20 AÑOS DE EDAD:
PARA SOLICITANTES MENORES DE 16 AÑOS:
Los matrimonios de menores de 16 años sólo se permiten cuando hay un embarazo y cuando un Juez de Menores o de Familia ha autorizado el matrimonio.
Cuota a pagar en el momento de la solicitud:
Veinticinco dólares ($25.00) en efectivo, pagaderos en el momento de la solicitud. NO HAY EXCEPCIONES.
Los matrimonios sólo pueden celebrarse en el Estado de Nuevo México:
La licencia de matrimonio es válida indefinidamente, pero debe ser devuelta con la certificación después de la ceremonia. Quien realice el matrimonio es responsable de devolver la licencia con la certificación a la Secretaría del Condado donde fue emitida para su registro con 90 días.
Para Información adicional, por favor llame al 575-647-7421
HORARIO DE OFICINA: LUNES A VIERNES 8:00 A.M. A 5:00 P.M.
845 N. Motel Blvd., Las Cruces, NM 88007